Psicopatología forense: un factor clave para la evaluación y el tratamiento

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Artículo redactado por: Carla Astrid Prieto y Dr. Antonio Andres-Pueyo

Dos personas atraviesan el mismo estrés, el mismo conflicto, la misma oportunidad delictiva; solo una delinque. La diferencia rara vez se explica solo por el contexto, sino que suelen estar presentes algunas variables psicológicas —y, en no pocos casos, psicopatológicas— que alteran la forma de sentir, pensar y decidir. Integrarlas con rigor cambia la calidad de la pericial y la eficacia de la intervención.

Por psicopatología forense entendemos el análisis de los trastornos mentales en su relevancia jurídico-forense: cómo afectan, en un tiempo y situación concretos, a la capacidad de comprender (dimensión cognitiva) y de autodeterminarse (dimensión volitiva); cómo se vinculan a mecanismos de riesgo —desinhibición bajo sustancias, afectividad negativa persistente, impulsividad rasgo, sesgos atencionales—; y qué implican para el pronóstico, la prevención de recaídas y las necesidades de tratamiento. La literatura es consistente en dos planos: primero, la carga clínica en población judicializada es mayor que en población general (depresión, ansiedad, trastornos por uso de sustancias, rasgos desadaptativos de personalidad y conductas suicidas). Segundo, cuando esa vulnerabilidad no se aborda tras el procedimiento o la excarcelación, la inestabilidad psicológica incrementa la probabilidad de reincidencia; a la inversa, la estabilización clínica y la continuidad asistencial se asocian a menor ‘reoffending’. Esto no “explica” por sí solo una conducta, pero obliga a interpretar el diagnóstico de forma funcional: qué papel jugó —si alguno— en el hecho investigado y con qué peso frente a factores situacionales y contextuales.

Recientemente se publicó en el American Journal of Criminal Justice el artículo “Aristotle’s Prophecy: The Overlooked Importance of Forensic Mental Health to Criminology”, de DeLisi et al. (2025). En él se destaca cómo la criminología ha descuidado sistemáticamente la integración de la salud mental forense -o psicopatología forense- en sus modelos teóricos y empíricos, a pesar de su alto valor explicativo respecto a la criminalidad grave y persistente. El trabajo, recopilando evidencia de múltiples investigaciones previas, aporta algunos datos ilustrativos en este sentido:

  1. La presencia de trastornos mentales se asocia a trayectorias delictivas más graves y persistentes (Balcioglu et al., 2021; Barra et al., 2022; DeLisi et al., 2022; DeLisi et al., 2023; Drury et al., 2022; Garofalo et al., 2018; Koh & Kim, 2023; Moffitt, 2018; Peters et al., 2024; Vaughn et al., 2011).

  2. Las personas encarceladas o judicializadas presentan problemas de depresión, ansiedad y abuso de sustancias, con un estado de salud mental claramente más deteriorado que la población general (Fearn et al., 2016; Haney-Caron et al., 2019; Vaughn et al., 2012; Vaughn et al., 2014), lo que incrementa el riesgo de suicidio (Fazel et al., 2008). Asimismo, en prisión se concentran tasas muy superiores de trastornos de personalidad y otros diagnósticos psiquiátricos respecto a la población general (Fazel & Danesh, 2002; Fazel & Seewald, 2012; Fazel et al., 2016; Vaughn et al., 2011).

  3. No atender la psicopatología contribuye a la reincidencia. La depresión y la inestabilidad emocional, combinadas con dificultades familiares y económicas, aumentan la probabilidad de volver a delinquir (Link et al., 2019; Link et al., 2020). Por el contrario, la estabilidad psicológica tras la excarcelación se asocia con menores tasas de reincidencia (Wallace & Wang, 2020). Sin la continuidad de apoyos en salud mental, muchas personas excarceladas permanecen vulnerables a la reincidencia vinculada a trastornos psiquiátricos no tratados (Lurigio, 2011).

 

En la práctica pericial, el cambio clave es metodológico. Una buena formulación clínica-forense sitúa el hecho en un mapa temporal, que atiende síntomas y rasgos relevantes, estresores, consumo de sustancias, ventanas de agravamiento y eventos críticos. El objetivo no es acumular cronología, sino identificar mecanismos plausibles y su presencia en el momento de los hechos. La evaluación debe apoyarse en una batería válida en contexto forense (cribados clínicos, personalidad, control de impresión, exploración de simulación/validez) y, cuando procede, en herramientas que orienten necesidades y tratamiento. La triangulación de fuentes —entrevista forense, historia clínica y psicosocial, pruebas psicométricas, registros judiciales, informantes colaterales, etc.— sustenta un juicio clínico estructurado en lugar de inferencias especulativas.

El dictamen resultante evita dos reduccionismos; De un lado, el “diagnóstico-etiqueta” que no añade valor jurídico porque no explica efectos sobre percepción, valoración, decisión y ejecución de la conducta en ese contexto concreto. Del otro, la narrativa cronológica que cuenta qué ocurrió sin explicar por qué era más probable que ocurriera dada cierta vulnerabilidad psicológica. Entre ambos extremos está la tarea pericial, la cual trata de atribuir grados de contribución, explicitar hipótesis alternativas y justificar por qué unas pesan más que otras. Esa transparencia mejora la discusión sobre imputabilidad, afina el análisis del nexo causal y hace más útiles las recomendaciones ante el tribunal que debe decidir en última instancia.

Un ejemplo ilustrativo. Varón con trastorno por consumo de alcohol, con patrón abusivo de alcohol y episodios de violencia impulsiva en ocio nocturno. La pericial documenta puntuaciones elevadas en impulsividad e inestabilidad afectiva, sin indicios de simulación, y acredita intoxicación aguda la noche de autos documentada a través de facultativo médico. El informe no exculpa “por diagnóstico”, pero sí sostiene un compromiso volitivo situacional con conservación de la comprensión básica de la ilicitud. En consecuencia, el dictamen propone objetivos operativos, donde se plasman la intervención intensiva sobre el alcohol como necesidad criminógena primaria, entrenamiento en regulación emocional y prevención de recaídas, y condiciones que favorezcan la sobriedad supervisada y limiten contextos de alto riesgo.

Esta lógica es coherente con el marco de Riesgo-Necesidad-Responsividad; es decir, identificar qué factores clínico-criminógenos sostienen la conducta problema, priorizarlos en el plan de intervención y adaptar el formato a las características de la persona (motivación, funciones ejecutivas, comorbilidad). Para el juzgador, esto se traduce en informes que ofrecen respuestas directas a preguntas forenses —impacto en capacidades, explicación del nexo, necesidades terapéuticas y viabilidad de medidas— apoyadas en datos válidos y una argumentación explícita. Para las partes, reduce la ambigüedad y mejora la calidad probatoria.

Durante décadas, los modelos criminológicos han infravalorado el papel de la salud mental forense en la comprensión de la criminalidad grave y persistente. La evidencia reciente está corrigiendo esa miopía, tratando de integrar variables psicopatológicas —bien operacionalizadas, no asumidas como axiomas— mejorando la comprensión de trayectorias delictivas y la efectividad de las respuestas institucionales. No se trata de buscar “la causa mental” de todo, sino de abandonar reduccionismos, porque no hay conducta sin persona, ni persona sin contexto.

En suma, la psicopatología forense no exonera por sí misma ni sustituye al análisis jurídico, sino más bien lo afina. Así pues, una pericial sólida conecta datos clínicos válidos con preguntas jurídicas concretas, explicita grados de contribución y ofrece recomendaciones practicables que reducen daño y previenen nueva victimización. Ese es el estándar que conviene normalizar.

Referencia bibliográfica:

DeLisi, M., Stickle, B., & Dooley, B. D. (2025). Aristotle’s Prophecy: The Overlooked Importance of Forensic Mental Health to Criminology. American Journal of Criminal Justice, 1-14.